Lo oficializó hoy en el Boletín Oficial y rige desde este jueves 15. El empleador carga horas y remuneración, y el sistema propone los montos. La misma resolución dejó solo las opciones de aporte voluntario para obra social de las trabajadoras.

Edificio central de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP), en Hipólito Yrigoyen 370, Buenos Aires (foto de archivo, 2010). (Elsapucai / Wikimedia Commons, dominio público)
Buenos Aires, 14 de octubre de 2026 – Quienes tienen empleadas o empleados en casas particulares van a contar con una ayuda nueva para hacer el recibo de sueldo. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) publicó hoy en el Boletín Oficial la Resolución General 5912/2026, que suma el «Recibo Asistido»: el sistema calcula solo algunos conceptos de la liquidación y el empleador los revisa antes de emitir el recibo. Rige desde este jueves 15 de octubre.
La herramienta funciona dentro del servicio «Personal de Casas Particulares» de la web de ARCA. El recibo electrónico ya era obligatorio: lo dispuso la Ley de Modernización Laboral (Ley 27.802) y ARCA lo reglamentó. Lo nuevo es el cálculo automático.
Cómo se hace el recibo
- Entrar al servicio «Personal de Casas Particulares» con Clave Fiscal nivel 2 o superior.
- Elegir al trabajador y entrar en «Generar recibo de sueldo».
- Cargar el período a liquidar, la modalidad de liquidación, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas.
- Revisar los importes que propone el sistema: se pueden aceptar o rechazar. Si se rechaza uno, se habilita el campo para poner el monto correcto.
- Sumar, si hace falta, otros conceptos desde «Adicionales y Descuentos», con un menú de opciones predefinidas, y confirmar.
El sistema arma la cuenta con los datos que ya tiene ARCA y con lo que carga el empleador. Pero la norma aclara que eso no lo libera de corregir los montos ni de informar todos los conceptos: la responsabilidad sigue siendo de quien paga el sueldo.
El ingreso con Clave Fiscal alcanza para dar validez al recibo, sin otra firma del empleador. Si el sueldo se paga en efectivo, o si el trabajador lo pide, el recibo se imprime por duplicado: el original queda para el trabajador y el empleador guarda la copia firmada por él como constancia del pago.
Qué pueden ver las trabajadoras y los trabajadores
Con su propia Clave Fiscal, en el mismo servicio, pueden ver los recibos que les hizo el empleador y la constancia de pago de aportes y contribuciones. En «Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos» pueden revisar los pagos por mes, calcular intereses por pagos atrasados e imprimir los volantes para saldarlos.
Cambio en los aportes voluntarios
La resolución también reescribió el artículo que permite a las trabajadoras pagar aportes de su bolsillo para mejorar su cobertura. Hasta ahora había cuatro opciones: dos para la jubilación y dos para la obra social. Ahora solo quedan las dos de salud: completar la diferencia de aportes para acceder al Programa Médico Obligatorio (PMO) y sumar a integrantes del grupo familiar. Se pagan con el volante F. 575/RT.
El tributarista Sebastián Domínguez advirtió que la norma no explica por qué se eliminaron las opciones jubilatorias ni prevé un régimen de transición, por lo que es «relevante que los trabajadores verifiquen su situación previsional y que ARCA aclare el tratamiento de los períodos ya ingresados».

